CONSIGUE EL PERDÓN DE TUS DEUDAS
¿Qué es la Ley de la Segunda Oportunidad?
La Ley de Segunda Oportunidad es una herramienta legal diseñada para permitir que autónomos, familias y emprendedores puedan liberarse de sus deudas y comenzar desde cero. Este procedimiento, establecido por ley, regula cómo una persona puede liquidar sus deudas con los acreedores y, si se cumplen todos los plazos y requisitos, acceder al perdón total de sus deudas.
Para llevar a cabo este proceso es indispensable acudir al Juzgado, y contar con la asistencia de abogados especializados. Aunque el proceso varía según la existencia o no de bienes, el objetivo es siempre el mismo: la cancelación completa de las deudas. Seguir cada etapa del procedimiento de forma precisa y en manos de especialistas es clave para obtener el perdón real de todas las deudas.
En Jaca Abogados somos expertos en la Ley de Segunda Oportunidad, y hemos resuelto exitosamente numerosos casos para nuestros clientes. Contacta con nosotros y cuéntanos tu situación para analizar la mejor estrategia.
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¿Cómo acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?
Para poder beneficiarse de la Ley de Segunda Oportunidad, es esencial cumplir con ciertos requisitos que garantizan que el proceso sea justo y transparente. A continuación, detallamos las condiciones necesarias para acogerse a esta ley:
Requisitos para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad
- 1. Que el patrimonio sea claramente inferior a las deudas Es fundamental que las deudas superen con creces el patrimonio del deudor. Además, la persona solicitante debe demostrar buena fe durante todo el proceso.
- 2. El concurso no debe ser declarado culpable Esto implica que, durante el proceso, no se haya cometido ninguna acción que pueda considerarse deshonesta o fraudulenta:
- 2.1 No se debe haber ocultado patrimonio a los acreedores.
- 2.2. No se puede haber facilitado información falsa al solicitar préstamos o créditos.
- 3. Ausencia de condenas por delitos graves El solicitante no puede haber sido condenado en sentencia firme a penas superiores a 3 años en los últimos diez años por:
- Delitos contra el patrimonio (como robos o fraudes).
- Delitos contra el orden socioeconómico.
- Falsedad documental.
- Delitos contra la Hacienda Pública o la Seguridad Social.
- Delitos contra los derechos de los trabajadores.
- 4. Que no existan responsabilidades derivadas de deudas tributarias o de la Seguridad Social Si en los últimos 10 años, Hacienda o la Seguridad Social han derivado responsabilidades al deudor debido a deudas empresariales, no será posible acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, a menos que, al momento de la solicitud de exoneración, dichas deudas hayan sido completamente satisfechas.
¿Quieres conocer cuales son los Beneficios y que Deudas se pueden cancelar con la ley de la Segunda Oportunidad?
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